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Factura electrónica en Panamá: quién está obligado y qué vía te conviene

Qué es, a quién obliga y desde cuándo, y cómo escoger entre el Facturador Gratuito de la DGI y un proveedor autorizado (PAC).

Revisada el 3 de octubre de 2026 contra las fuentes de abajo. Es información general, no asesoría legal ni contable: confirma tu caso con tu contador o tu abogado.

Qué es

La DGI la define como «un documento fiscal digital legalmente válido, que respalda las operaciones comerciales entre vendedor y comprador, firmado electrónicamente». Lleva un código QR para verificar que es válida.

La Ley 256 de 2021 dejó escrito que toda venta de bienes o servicios se documenta de una de dos formas: con un equipo fiscal autorizado, como la impresora fiscal, o por el Sistema de Facturación Electrónica de Panamá. Ese sistema tiene dos modalidades: el Facturador Gratuito de la DGI y el proveedor de autorización calificado, o PAC.

Quién está obligado y desde cuándo

Todo RUC nuevo desde el 1 de enero de 2022 tiene que facturar por el sistema electrónico (Ley 256 de 2021, parágrafo 6). A los proveedores del Estado, la DGI les dio hasta el 31 de octubre de 2022 para adoptarlo como su único método de facturación.

Los permisos sin fecha de vencimiento para no usar equipo fiscal vencieron el 1 de marzo de 2024, y sus titulares debían pasarse al sistema electrónico (Resolución 201-0418). Desde entonces, la DGI dice que «los únicos dos sistemas de facturación son Factura Fiscal y Factura Electrónica»: si ya facturas con impresora fiscal, esa vía sigue siendo válida. Otro medio solo cabe por excepción de la DGI, por falta de internet o por la naturaleza o el volumen de la actividad (Ley 256, parágrafo 2).

Las dos vías

El Facturador Gratuito de la DGI se usa en dgi-fep.mef.gob.pa desde el teléfono, la tableta o la computadora, con el RUC y el NIT de e-Tax 2.0. Emite facturas, notas de crédito y de débito y anulaciones, e importa artículos desde Excel, pero la DGI advierte que «no permite integración con otros sistemas». Desde el 1 de enero de 2026 es solo para quien tiene ingresos brutos de hasta B/.36,000 al año y emite hasta 100 documentos al mes; quien pase cualquiera de los dos límites debe usar un PAC (Resolución 201-6299 de 2025).

Un PAC es una empresa que la DGI habilita para autorizar facturas electrónicas; tu sistema le envía cada factura. La lista oficial de la DGI muestra 18 al 3 de octubre de 2026. Esta modalidad pide el certificado de firma electrónica para factura electrónica: se solicita en e-Tax 2.0 y se retira en la Dirección Nacional de Firma Electrónica del Registro Público. Para pasarte del gratuito a un PAC presentas en e-Tax 2.0 una declaración jurada rectificativa, que no tiene costo.

Qué te conviene

Cien documentos al mes son unos tres por día. Si estás dentro de los dos límites y facturas a mano, el Facturador Gratuito te alcanza. Si vendes con un punto de venta o una tienda en línea y quieres que cada venta salga facturada sin volver a escribirla, necesitas un PAC. Si te acercas a cualquiera de los dos límites, prepara el cambio antes de pasarte.

Con cualquier método, el local debe tener a la vista la certificación del método de facturación con su código QR, que se descarga gratis en e-Tax 2.0 (Decreto Ejecutivo 25 de 2022), y un letrero con el método que usas y la multa al comprador que no pide factura (Ley 256 de 2021). Emitir facturas sin los requisitos o no conservarlas se multa con B/.500 a B/.1,000 la primera vez; en la primera reincidencia, con B/.5,000 a B/.10,000 y el cierre temporal del local.

Fuentes

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